En México podrían ser obligatorios los contratos de adhesión. Esto dice Profeco 

 En México podrían ser obligatorios los contratos de adhesión. Esto dice Profeco 

MAZATLÁN. – En México podrían ser obligatorios los contratos de adhesión a través de la Ley, y proteger aún más a las personas consumidores, adelantó el procurador Federal del Consumidor, César Iván Escalante Ruiz.  

Mencionó que la idea es que cada establecimiento registre los contratos de adhesión para que Profeco pueda agilizar el trámite ante una queja o denuncia. En la actualidad, agregó, solamente 12 giros están obligados a hacerlo.   

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«Estamos viendo con el Congreso la posibilidad de hacer obligatorios los contratos de adhesión, que nos registren los contratos de adhesión… queremos que paulatinamente todos los comercios nos registren sus contratos de adhesión”, declaró.  

¿Qué es un contrato de adhesión que impulsa Profeco?  

En México, un contrato de adhesión es un tipo de acuerdo donde una de las partes, generalmente una empresa, establece unilateralmente los términos y condiciones, mientras que la otra parte solo puede aceptarlos o rechazarlos, sin posibilidad de negociar.  

Es un contrato estándar utilizado para la adquisición de bienes o servicios, y la parte que se adhiere (el consumidor o usuario) no tiene la oportunidad de modificar las cláusulas.   

Escalante Ruiz señaló que apenas está en el proceso del diálogo ante los diputados federales, con la espera de que en el próximo periodo ordinario pongan el tema en la mesa y se someta a votación.  

El procurador añadió que si Profeco contara con un análisis previo del contrato de adhesión por el que se están quejando, la dependencia llegaría directo con la información y aceleraría la atención y resolución de la queja.  

«A nosotros nos agiliza la atención y responsabiliza a los establecimientos a tener exhibidos sus contratos de adhesión”, dijo.  

La Ley Federal de Protección al Consumidor, LFPC, establece requisitos para los contratos de adhesión, como la prohibición de cláusulas abusivas o inequitativas. Los contratos de adhesión de estos giros deben estar registrados ante la Profeco.  

Empresas obligadas a contratos de adhesión

Entre los giros obligados a utilizar contratos de adhesión están:  

  • Servicios de limpieza: Tintorerías, lavanderías y planchadurías 
  • Reparación y mantenimiento: Vehículos, electrodomésticos y muebles 
  • Eventos sociales: Organización y prestación de servicios para eventos como bodas, fiestas, etc. 
  • Arrendamiento de vehículos: Renta de autos y otros vehículos 
  • Inmobiliarias: Venta y arrendamiento de bienes inmuebles 
  • Telecomunicaciones: Proveedores de servicios de telefonía, internet y televisión 
  • Energía: Compañías de suministro de electricidad y gas 
  • Servicios financieros: Bancos, aseguradoras y otras instituciones financieras 
  • Transporte: Servicios de transporte terrestre, aéreo y marítimo 

Con información de PuntoMx

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